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Un padre mató a su hijo creyendo que era un ladrón. Qué es la legítima defensa putativa?

Por: Ab. Esp. Facundo Pérez Lloveras*

El fiscal que investiga un hecho en donde un padre mató a su hijo, ordenó liberar del mismo, por entender que es probable que el progenitor pudo haber actuado dentro del supuesto de legitima defensa putativa, y por lo tanto no le correspondería reproche penal alguno.

Según la versión corroborada por la justicia, en horas de la noche, mientras dormía la familia, escucharon ruidos en el techo de la vivienda, por lo que el imputado, al haber pensado que quien bajaba del techo era un ladrón, le dispara una carabina, y horas después se produjo su muerte.

Este caso es una clara situación de legitima defensa putativa, dentro del supuesto de legitima defensa privilegiada.

Por un lado, en el articulo 34 del código penal, estable que se exime de pena a aquella persona “que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor“.

Este es un supuesto de legitima defensa privilegiada, en donde el código penal exime de responsabilidad penal a aquella persona que lesiona a aquel que irrumpe en un domicilio durante la noche. Va de suyo que debe existir una intromisión, por lo tanto se presume que quien irrumpe en el mismo es un agresor.

Puede darse el supuesto, como es el caso que se analiza, que la persona que ingresa a nuestro domicilio no sea efectivamente un agresor, y por lo tanto el sujeto que la lesiona, quien actúa por error, estaría inmerso en el supuesto de legitima defensa putativa o de buena fe.

La defensa putativa se presenta cuando por un error sustancial de hecho o por una equivocada interpretación de una circunstancia, el sujeto cree hallarse en la necesidad de defenderse, sin que exista realmente ningún peligro. Se obra de buena fe, en la errónea opinión de que un mal amenaza y que se está ejerciendo un adecuado acto de defensa.

La palabra putativa deriva del latín “Putate”, que significa pensar, creer, suponer o juzgar acerca de algo.

En estos supuestos de legítima defensa putativa, también se exime de responsabilidad penal.

*Abogado; Especialista en Derecho Penal Económico; Especialista en Docencia Universitaria; Profesor de Derecho Penal parte general UCC;  Profesor de Derecho Penal Económico UCC.

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