Noticias

Los dueños de perros de razas potencialmente peligrosas son responsables penalmente por las agresiones de sus animales.

Por: Ab. Esp. Facundo Pérez Lloveras*

Que los dueños de perros sean responsables penalmente por las agresiones que sus animales provoquen a las personas, no es una novedad en la justicia, quien en ocasiones suele condenar a los titulares de animales domésticos por lesiones u homicidios culposos.

Esto es así, pues todo objeto potencialmente peligroso, con cierta capacidad para producir un daño o lesión, acarrea a sus dueños o usuarios, la obligación de mantener ciertos cuidados para evitar los potenciales peligros que ellos implican. En este sentido, si estas personas no toman los recaudos necesarios para evitar lesiones, es decir omiten sus deberes de cuidado, responderán penalmente a titulo de culpa por los hechos dañosos que estos animales ocasionen.

Lo que sí es una novedad en la jurisprudencia , es que en los casos en que los perros de razas potencialmente peligras ocasionen un daño, los dueños de estos podrán responder a titulo de dolo, por esos daños causados por sus canes, es decir que responderán por las lesiones o muertes que estos animales peligros produzcan como si los propios dueños o cuidadores hubiesen tenido la intención de producir esas lesiones o muertes.

Así puede decirse que muchas veces las muertes o lesiones
provocadas por canes podrán responder a la estructura del delito
imprudente (un perro que se escapa en un descuido al sacar un
automóvil de un garage), pero también podrían imaginarse
hipótesis en las que, por ejemplo, un perro de una raza potencialmente peligrosa, no se encuentre debidamente atado, encerrado o con el bosal colocado, y éste ataque a determinada persona. En tal caso se verificaría un dolo eventual de homicidio o lesiones según fuera el caso.

En este sentido ultimo sentido se expreso la Tribunal en lo Criminal n° 4 de la ciudad de La Plata, en autos “H. F. G. p.s.a HOMICIDIO SIMPLE COMETIDO CON DOLO EVENTUAL” cuando dijo “… Con la prueba ha quedado comprobado que H. F. G. fue la persona que dejo al perro raza pitbull en la vía pública en condiciones que presentaban un gran peligro para los bienes jurídicos de terceros y que, merced a ese comportamiento atribuible al imputado, se produjo la muerte del pequeño…”

*Abogado; Especialista en Derecho Penal Económico; Especialista en Docencia Universitaria; Profesor de Derecho Penal parte general UCC;  Profesor de Derecho Penal Económico UCC.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Cerrar