Causa Villa. ¿El jugador de Boca Juniors puede terminar en la cárcel?
Por: Ab. Esp. Facundo Pérez Lloveras*
La semana pasada la Justicia condenó al futbolista de Boca Junior, Sebastián Villa, a la pena de dos años y un mes de prisión.
Dicha pena se estableció en la modalidad de ejecución condicional, y por lo tanto Villa no será privado de su libertad.
¿Por qué Villa no fue a la cárcel?
El articulo 26 del Código Penal establece la Condena de Ejecución Condicional, la que consiste en dejar en suspenso el cumplimiento de la pena impuesta al condenado a pena de prisión, en los casos de primera condena, que la pena sea de corta duración y que las condiciones personales del reo autorizan a presumir que la efectividad de esa pena carece de sentido práctico.
A su vez el autor del hecho debe someterse a determinadas reglas de conducta durante el termino de suspensión de la condena, que para el caso de Villa fueron las siguientes: Abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto con la damnificada y/o su grupo familiar; Abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento psicosocial y la participación en talleres a los fines de abordar su problemática
¿Villa podría ir a prisión?
Villa tiene otra causa vigente por una denuncia de “abuso sexual con acceso carnal”, y de ser condenado por este hecho, se le impondrá una pena de prisión efectiva, y por lo tanto perderá su libertad.
Según consta en la acusación, después de un asado, Villa fue a su casa con Tamara Doldán, en donde tuvieron una discusión y él habría abusado sexualmente de ella.
El delito que se le atribuye a Villa es el de “abuso sexual con acceso carnal”, previsto en el art. 119 tercer párrafo del Código Penal, el cual estable una pena de entre 6 y 15 años de cárcel.
En caso de que Villa sea condenado por ese delito, esa penal se concursará con la pena de 2 años y 1 mes ya imputa, la cual deberá cumplir en prisión en su totalidad.
*Abogado; Especialista en Derecho Penal Económico; Especialista en Docencia Universitaria; Profesor de Derecho Penal parte general UCC; Profesor de Derecho Penal Económico UCC.