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Coronavirus: Acerca del caso del abuelo que murió contagiado por su nieto

Por: Ab. Esp. Facundo Pérez Lloveras*

Un hombre de 71 años murió este miércoles 1º de abril por coronavirus. El hombre es el abuelo de un joven que regresó de Estados Unidos y fue conocido por omitir su obligación de guardar aislamiento social obligatorio, para asistir a un cumpleaños, y fue precisamente en ese evento donde contagió a varias personas, entre ellos al anciano que hoy perdió al vida.

Según se conoce, Eric Toledo, de 24 años, el día 13 de marzo pasado regresó a la Argentina desde los Estados Unidos, momento en que ya había entrado en vigencia el decreto presidencial que ordenaba el sometimiento a cuarentena preventiva para aquellos viajeros que regresaban de alguno de los países con circulación alta de coronavirus, entre los que se encontraba Estados Unidos.

Lejos de cumplir el aislameinto, Toledo concurrió a una fiesta, lugar en que habría contagiado con el virus covic 19 a más de 10 personas , entre las que se encontraba su abuelo, quien acaba de fallecer.

Este caso quedaría perfectamente encuadrado en lo previsto por el Código Penal, que de modo indirecto dispone una sanción para quien incumpla la obligación de cuarentena impuesta por la autoridad. Dicha consecuencia surge del artículo 205 del Código Penal que prevé: “Será reprimido con prisión de 6 meses a 2 años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Del propio artículo se interpreta en consecuencia que quien no cumpliere en debida forma con la obligación de aislamiento, será pasible de una sanción aun cuando su accionar no produzca daño alguno.

A su vez, la acción realizada por Toledo podrá subsumirse en el artículo 203 del Código Penal que establece que cuando la propagación de una enfermedad fuera cometida por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo… y tuviere como resultado una muerte se aplicará una pena de prisión de entre seis meses a cinco años.

*Abogado; Especialista en Derecho Penal Económico; Especialista en Docencia Universitaria; Profesor de Derecho Penal parte general UCC;  Profesor de Derecho Penal Económico UCC.

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